Publicada la orden de módulos de 2025: límites para que los autónomos tributen en estimación objetiva
10/03/2026
La orden que establece las condiciones del régimen de módulos para 2025 ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Como se preveía, se han mantenido los límites y las normas de aplicación que se establecieron para el ejercicio anterior, y que entrarán en vigor con el comienzo del próximo año.
La orden que regula el método de estimación objetiva para 2025 fija como límites unos rendimientos netos por debajo de los 250.000 euros anuales -cuando vendan a particulares- o inferiores a 125.000 euros -cuando facturen a empresas-. Por tanto, aquellos trabajadores por cuenta propia que no se ciñan a estos límites, deberán salir del sistema.
Si quieren renunciar a este régimen de forma voluntaria, los autónomos ya pueden llevar a cabo el procedimiento, hasta el próximo 31 de diciembre, aunque también se dará por válida la renuncia si presentan su declaración del pago fraccionado del primer trimestre por estimación directa en plazo.
Además, se mantiene, igual que en ejercicios posteriores, la reducción del 5% sobre el rendimiento neto para todos los autónomos en este régimen, eliminando la reducción especial para autónomos del campo -puesta en marcha para este 2024-, e incluyendo, como novedad, una reducción del 25% para aquellos autónomos en este sistema de tributación afectados por la DANA.
Como explicaron los expertos, éste podría ser el último año en el que los autónomos puedan tributar en módulos, dado que se prevén importantes cambios para 2026, que podrían dar lugar a un régimen transitorio en sustitución de la estimación objetiva actual. Éste modificaría los gastos y las respectivas deducciones que pueden aplicar los trabajadores por cuenta propia en este sistema.
Más de 600.000 autónomos podrán continuar con los mismos límites para seguir en el régimen de estimación objetiva en 2025, según se recoge en la Orden HAC/1347/2024 de Hacienda, con la que se mantienen las cuantías de los signos, índices o módulos, y su forma de aplicación. También permanecen los módulos para el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
En concreto, los trabajadores por cuenta propia que venden a particulares y que no superen en sus ingresos los 250.000 euros durante 2024, podrán mantenerse en este régimen. En el caso de aquellos que facturen a empresas y estén obligados a expedir facturas, podrán tributar por este sistema si no superan los 125.000 euros en el ejercicio.
En caso contrario, cabe recordar que Hacienda puede sacar directamente de módulos a los autónomos que superen estos límites de ingresos, sin que sea necesario una actuación por parte de la Inspección, según una sentencia emitida por el Supremo a comienzos de este año.
Si desean renunciar -o revocar su renuncia- para el próximo ejercicio, tienen de plazo hasta el próximo 31 de diciembre de este año, como establece la nueva orden. No obstante, los trabajadores por cuenta propia también pueden llevar a cabo la renuncia a través del pago fraccionado del primer trimestre en el método de estimación directa, siempre que se realice en plazo. Además, como ya avanzó este diario, durante este plazo también pueden acogerse a este sistema aquellos autónomos que lo deseen y cumplan los límites establecidos en su rendimiento neto.
Último año en módulos
Fuentes cercanas a la mesa de negociación con el Gobierno explicaron a este diario que 2025 podría ser el último año en que se mantenga el sistema de módulos como hasta ahora, siguiendo las intenciones de Hacienda. Si las negociaciones avanzan, el sistema desaparecía para dar paso a un sistema transitorio -no de un año para otro-, y aquellos que están el sistema de estimación objetiva pasarían paulatinamente a tributar por el sistema de estimación directa simplificada -ingresos menos gastos-, mientras que en IVA se les aplicaría el régimen general.
La orden que regula el método de estimación objetiva para 2025 fija como límites unos rendimientos netos por debajo de los 250.000 euros anuales -cuando vendan a particulares- o inferiores a 125.000 euros -cuando facturen a empresas-. Por tanto, aquellos trabajadores por cuenta propia que no se ciñan a estos límites, deberán salir del sistema.
Si quieren renunciar a este régimen de forma voluntaria, los autónomos ya pueden llevar a cabo el procedimiento, hasta el próximo 31 de diciembre, aunque también se dará por válida la renuncia si presentan su declaración del pago fraccionado del primer trimestre por estimación directa en plazo.
Además, se mantiene, igual que en ejercicios posteriores, la reducción del 5% sobre el rendimiento neto para todos los autónomos en este régimen, eliminando la reducción especial para autónomos del campo -puesta en marcha para este 2024-, e incluyendo, como novedad, una reducción del 25% para aquellos autónomos en este sistema de tributación afectados por la DANA.
Como explicaron los expertos, éste podría ser el último año en el que los autónomos puedan tributar en módulos, dado que se prevén importantes cambios para 2026, que podrían dar lugar a un régimen transitorio en sustitución de la estimación objetiva actual. Éste modificaría los gastos y las respectivas deducciones que pueden aplicar los trabajadores por cuenta propia en este sistema.
Más de 600.000 autónomos podrán continuar con los mismos límites para seguir en el régimen de estimación objetiva en 2025, según se recoge en la Orden HAC/1347/2024 de Hacienda, con la que se mantienen las cuantías de los signos, índices o módulos, y su forma de aplicación. También permanecen los módulos para el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
En concreto, los trabajadores por cuenta propia que venden a particulares y que no superen en sus ingresos los 250.000 euros durante 2024, podrán mantenerse en este régimen. En el caso de aquellos que facturen a empresas y estén obligados a expedir facturas, podrán tributar por este sistema si no superan los 125.000 euros en el ejercicio.
En caso contrario, cabe recordar que Hacienda puede sacar directamente de módulos a los autónomos que superen estos límites de ingresos, sin que sea necesario una actuación por parte de la Inspección, según una sentencia emitida por el Supremo a comienzos de este año.
Si desean renunciar -o revocar su renuncia- para el próximo ejercicio, tienen de plazo hasta el próximo 31 de diciembre de este año, como establece la nueva orden. No obstante, los trabajadores por cuenta propia también pueden llevar a cabo la renuncia a través del pago fraccionado del primer trimestre en el método de estimación directa, siempre que se realice en plazo. Además, como ya avanzó este diario, durante este plazo también pueden acogerse a este sistema aquellos autónomos que lo deseen y cumplan los límites establecidos en su rendimiento neto.
Último año en módulos
Fuentes cercanas a la mesa de negociación con el Gobierno explicaron a este diario que 2025 podría ser el último año en que se mantenga el sistema de módulos como hasta ahora, siguiendo las intenciones de Hacienda. Si las negociaciones avanzan, el sistema desaparecía para dar paso a un sistema transitorio -no de un año para otro-, y aquellos que están el sistema de estimación objetiva pasarían paulatinamente a tributar por el sistema de estimación directa simplificada -ingresos menos gastos-, mientras que en IVA se les aplicaría el régimen general.
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