Sólo el 35% de las pymes disponen de un sistema de registro de jornada adecuado

15/09/2025
Las empresas españolas no cumplen con sus obligaciones relativas al registro de la jornada de sus empleados. Así lo indica un estudio reciente de la compañía Kronjop, desarrolladores del software de control horario del mismo nombre y expertos de referencia en cuanto a cumplimiento normativo laboral.

En concreto, las cifras del estudio revelan que solo el 35% de las pymes españolas cumple con todas las exigencias acerca del registro de la jornada laboral. Unas cifras que no distan mucho de las que arrojaba, a finales de 2023, otro estudio de Infojobs, en el que se apuntaba que el 66% de los trabajadores no fichaba todas sus horas “por limitaciones en el sistema de registro de su empresa”.

¿Qué pasa si no se fichan todas las horas?
No fichar todas las horas tiene consecuencias, tanto para la empresa como para el trabajador.

Pensemos en el golpe que puede suponer para las pymes o para autónomos con personal a su cargo recibir una sanción por no llevar un registro de las horas trabajadas. Además, la próxima reforma laboral pretende endurecer las multas: si antes iban de 750 a 7.500 por trabajador, ahora pueden llegar hasta los 10.000 euros.

También está la otra parte de la moneda, la de los empleados. No registrar correctamente los horarios de entrada y salida, descansos, permisos o vacaciones, tiene diversas consecuencias, como pérdida de derechos laborales (entre ellos el derecho a la desconexión digital), inseguridad jurídica en caso de reclamaciones, desconfianza en la relación laboral e incluso impacto en la salud y bienestar.

Como dato, destacar que otro estudio de CC.OO arroja que los españoles realizan 373.000 horas extra no registradas ni remuneradas al día, lo que da una idea de la cantidad de empresas que no cumplen y de empleados afectados.

Revisa si tu sistema de fichaje cumple la normativa
Algunos de los mejores software de control horario como Kronjop, Kairos HR o Clickify se erigen como una solución imprescindible si tenemos en cuenta el escenario actual y su aumento ha sido exponencial.

Pero, ¿cumplen estas herramientas para fichar todos los requisitos que imponen organismos como la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) y el CEPD (Comité Europeo de Protección de Datos), o regulaciones como el Real Decreto-ley 8/2019 y la próxima reforma laboral? Una cuestión más importante que nunca si tenemos en cuenta que la supervisión del control horario en empresas es una de las principales razones por las que el Gobierno ha lanzado becas para las oposiciones a Inspector de Trabajo.

En un vistazo rápido a algunas de estas apps, ya se pueden advertir errores en muchas de ellas. Algunas permiten fichar en una simple hoja de Excel, algo totalmente prohibido ya que no garantiza la seguridad e integridad de la información. Otras, ofrecen sistemas de fichaje mediante reconocimiento facial o huella dactilar, cuando el control de acceso mediante datos biométricos ha sido prohibido por el CEPD y la AEPD por considerarse desproporcionado para el fin perseguido.

¿Qué hacer entonces? Nuestro consejo es no dejarse llevar únicamente por las opiniones de los usuarios o por lo que ponga en internet y contactar directamente con la empresa encargada de desarrollar y comercializar el software. Esa es realmente la única manera de demostrar que conocen la normativa a la perfección y que su software está adaptado a ella al 100%.

Fuente: Noticias Jurídicas