Trabajo cifra en 250.000 los jubilados que buscan empleo pero excluye del paro registrado

12/05/2025
La reforma para mejorar la compatibilidad de la pensión de jubilación anticipada y parcial con el trabajo que acaba de entrar en vigor puede tener un importante efecto en las cifras de paro. La razón es que también se amplía la convivencia de las pensiones con una prestación o subsidio por desempleo. De hecho, en 2024, una media mensual de 249.492 jubilados y pensionistas aparecían inscritos como demandantes de empleo en los servicios públicos, sin contar como parados. Un 10,7% más que en 2023. Sin embargo, las dudas crecen al entrar en el detalle de las cifras, que podría incluir a desempleados ‘borrados’ automáticamente por haber superado los 65 años pero sin posibilidad aún de jubilarse.

El Anuario de Estadísticas Laborales del Ministerio de Trabajo revela que los jubilados y pensionistas son el colectivo más numeroso de demandantes «excluidos del paro registrado», tras los 687.884 fijos discontinuos y los 440.559 demandantes ocupados, aunque a diferencia de estos, no hay muchas dudas acerca de que estas personas no están trabajando. Lo que no implica que los datos despierten otras preguntas.

Según la definición que maneja el departamento que dirige Yolanda Díaz, el grupo incluye a los «demandantes que son pensionistas de jubilación, de gran invalidez o de invalidez absoluta y demandantes de edad igual o superior a 65 años». No engloba a otros desempleados perceptores de pensiones, como las de viudedad –compatibles con un trabajo y, por la misma razón, con una prestación por desempleo–. Pero tal y como está redactada, cuenta a seniors que no se han retirado.

Los jubilados y pensionistas no cuentan dentro del paro registrado según la misma orden de 1985 que también excluye a los fijos discontinuos inactivos o los beneficiarios del PER. En su caso es por considerarlos «trabajadores sin disponibilidad inmediata para el trabajo o en situación incompatible con el mismo». Sin embargo, esta misma visión se extiende a todos los mayores de 65 años, sean jubilados o no.

Aunque cuando se redactó esta excepción esa era la edad legal de jubilación y por ello, los registros que publica el Anuario los incluyen en el mismo colectivo. El problema es que la estadística lo sigue haciendo en 2024, pese a que desde 2013 se ha venido aplicando un retraso progresivo de la edad de jubilación que culminará en 2027 cuando se alcancen los 67 años.

Esta omisión responde a la idea de que los jubilados o pensionistas no buscan empleo con la misma intensidad que el resto de las demandantes. Además la casuística de la compatibilidad con las ayudas por paro es compleja y su impacto incierto. Pero tanto la evolución tanto de la edad de jubilación como los incentivos al mantenimiento de la actividad, superada la edad de jubilación, hacen que este diseño empiece a quedar desfasado. Sobre todo, si la nota de corte se mantiene en los 65 años y no en la edad legal de jubilación.

La cuestión siempre ha pasado desapercibida, a pesar de que esta exclusión restaba entre un 2,5% y un 3% al paro registrado ya antes del cambio legal. Con anterioridad a 2013 solo se había superado dicho umbral una vez, en 2004, con un 3,04% y 50.400 demandantes. Pero ahora alcanza el 9,5%, con casi 250.000, a un ritmo que se ha ido acelerando desde la pandemia. El de 2024 es e porcentaje más alto de la serie histórica que se remonta a 2001 y que se ha multiplicado por tres desde la entrada en vigor del retraso progresivo de la edad de jubilación.