Éstos son los gastos deducibles para autónomos

26/02/2024
Una de las obligaciones que tiene un autónomo es realizar trimestralmente la declaración y pago de los impuestos que le correspondan como puede ser el modelo 303 que es el IVA. En él, los trabajadores por cuenta propia pueden deducirse los gastos estén vinculados a la actividad económica desarrollada. Es decir, que sean propios de la actividad.

Aquí viene la eterna duda de los autónomos. ¿Qué gastos son deducibles y cuáles no?

Lo que dice la Agencia Tributaria al respecto:

«La deducibilidad de los gastos está condicionada por el principio de su correlación con los ingresos, de tal suerte que aquellos respecto de los que se acredite que se han ocasionado en el ejercicio de la actividad, que estén relacionados con la obtención de los ingresos, serán deducibles»

Además, estos gastos tienen que estar convenientemente justificados con facturas y que se hallen registrados en la contabilidad o en los libros-registro que con carácter obligatorio deben llevar los contribuyentes que desarrollen actividades económicas.
Cuáles son los gastos deducibles para los autónomos

Los gastos deducibles de un autónomo depende en gran medida del negocio al que se dedica el trabajador por cuenta propia. No es lo mismo la actividad económica de un panadero que la de un transportista. Por lo tanto las deducciones están íntimamente relacionadas.

Un transportista podrá deducir los gastos de gasolina y el panadero lo podrá hacer con los gastos de electricidad del local, por ejemplo.

Alquiler del local
Para que un alquiler sea deducible tiene que estar sujeto a IVA. locales comerciales, despachos y oficinas de coworking son deducibles en su totalidad. En los casos de autónomos que trabajan en su propio domicilio, el gasto es más difícil de deducir y necesita de ciertos requisitos:

-Es necesario que la afección de la vivienda y el porcentaje en que lo está se comuniquen a Hacienda mediante el modelo 036 y 037. La Agencia Tributaria suele admitir que la deducción sea de un máximo del 30% de la superficie utilizada para la actividad.

-Asimismo, el casero debe emitir al autónomo la factura correspondiente, incluyendo el IVA y retención del IRPF, cuestión que a veces no es posible.

Consumos de explotación
Son los gastos generados por la compra de material necesarios para el trabajo del día a día del autónomo y que están íntimamente relacionado con la actividad del negocio.

Los inspectores de Hacienda avisan que el autónomo debe diferenciar entre un gasto imprescindible para realizar la actividad de un gasto que no lo sea.

Bienes para el desarrollo de la actividad
Están relacionados con la maquinaria para desarrollar la actividad. Eso sí, deben ser bienes que tenga interrelación con la actividad y sean coherentes. En este sentido, un carnicero no podrá justificar la compra de un ordenador o un teléfono móvil de última generación.

Internet y teléfono fijo
La fibra y el teléfono móvil son gastos que pueden generar dudas de si pueden deducirse o no pero se suelen deducir. La justificación dependerá de la actividad del negocio, pero hoy en día es prácticamente necesario en cualquier actividad económica.

Servicios de profesionales independientes
Otro gasto que fácil de justificar para la deducción son los de gestora o asesoría que le lleve los papeles y gestión al trabajador. Así como los servicios de informática o de contenidos para la página web, servicios publicitarios, etc.

Dietas y manutención
Los trabajadores por cuenta propia pueden desgravarse gastos de manutención siempre que se paguen con tarjeta y se guarde el ticket-factura.

La normativa señala que pueden deducirse hasta 26,67 euros diarios en gastos de comida en el territorio nacional y de 48,08 euros en caso de producirse en el extranjero.

Asistencia a ferias o eventos relacionados con el negocio
Estos eventos deben estar relacionados con el sector en el que trabajen los autónomos. Se pueden incluir como gasto a desgravar todo lo relativo a las entradas a ferias y congresos.

Suscripción a prensa o revistas relacionadas con su sector
La suscripción a revistas o web especializadas son deducibles siempre y cuando guarden una vinculación con la actividad que realiza el trabajador.

Formación
La asistencia a clases y cursos privados que formen al emprendedor o autónomo en su sector es deducible.

Compra de un vehículo comercial
Los autónomos que lo necesiten para realizar su actividad pueden llegar a deducirse hasta el 50% del IVA.

La imputación de estos gastos deducibles es la responsabilidad del propio trabajador o su caso de la gestoría a la hora de rellenar los formularios de los impuestos.

Fuente: ABC de Sevilla